Nuestra especialidad
Mantén a tus hijos cerca de ti
Por lo general, tras una separación, es común que el hijo o hijos de una pareja vivan bajo el cuidado de uno de sus progenitores, excluyendo al otro. Sin embargo, cabe la pregunta sobre cuándo y en qué horarios el otro progenitor podrá visitar a sus hijos. Al respecto, recuerda que solo mediante una conciliación o mediante una sentencia, se podrá establecer un cronograma de visitas que será de obligatorio cumplimiento para los involucrados.
IMPORTANTE: Recuerda que ver a tus hijos no solo es un derecho de los padres, sino también, y principalmente, de los menores, quienes deben contar con la presencia de sus dos progenitores para asegurar su óptimo desarrollo personal.
Puede variar de acuerdo a las circunstancias de cada caso.
No es necesaria la comunicación con la otra parte: Conocemos y entendemos las complicaciones de una demanda de régimen de visitas, por ello, nuestro equipo legal se encargará de todo.
Recuerda que lo recomendado siempre es que, primero, se deba buscar un acuerdo sobre el régimen de visitas con la otra parte, para obtener una solución rápida con el fin de no afectar la integridad de los menores. Solo si no fuera posible establecer de forma sencilla una periodicidad clara sobre las visitas mediante un Centro de Conciliación, se deberá acudir al Poder Judicial para que un Juez lo determine, recuerda que tanto el acta de conciliación como la sentencia emitida son de obligatorio cumplimiento por las partes.
Si se desea conocer más acerca de este punto, te invitamos a contactar a nuestro equipo legal o revisar nuestro blog.
El importe es variable de acuerdo a las características del caso y de la disposición de los padres de llegar a un acuerdo.
Este servicio puede ser fraccionado.
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