
Abogados constitucionalistas en Lima, cuando tu derecho no puede esperar
Cuando una autoridad, un funcionario o incluso un particular vulnera o amenaza un derecho constitucional, la Constitución y el Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley N.º 31307) abren vías propias: amparo, hábeas corpus, hábeas data, proceso de cumplimiento y acción popular. Calificamos tu caso, elegimos la garantía correcta y te representamos hasta el Tribunal Constitucional cuando corresponde.
¿Qué es un proceso de amparo y cuándo procede?
El amparo es el proceso constitucional que protege los derechos reconocidos por la Constitución frente al hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona, con excepción de los derechos que tutelan el hábeas corpus y el hábeas data (artículo 200, inciso 2, de la Constitución). Procede tanto contra entidades públicas como contra particulares.
No es una vía alternativa al proceso ordinario. El artículo 7, inciso 2, del Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley N.º 31307) declara improcedente la demanda cuando existen vías procedimentales específicas, igualmente satisfactorias, para proteger el derecho amenazado o vulnerado, salvo en el hábeas corpus. Por eso la calificación previa del caso es decisiva.
En ARFASA analizamos primero si tu caso corresponde a un proceso constitucional o a la vía ordinaria, elegimos la garantía adecuada y llevamos el proceso hasta su ejecución, incluido el recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional cuando la resolución de segundo grado es denegatoria.
Protege los derechos constitucionales distintos de la libertad individual y de los tutelados por el hábeas data, frente a actos u omisiones de autoridades, funcionarios o particulares: despidos y sanciones que afectan derechos fundamentales, actos administrativos lesivos, discriminación, acceso a la salud o al agua potable.
Procede ante la detención arbitraria y ante cualquier amenaza o violación de la libertad individual o de los derechos conexos. Puede interponerlo la persona perjudicada o cualquier otra en su favor, sin necesidad de representación, por escrito o verbalmente (artículos 2 y 31 de la Ley N.º 31307).
Para acceder a la información pública que una entidad te niega y para proteger tus datos personales, es decir, los derechos del artículo 2, incisos 5 y 6, de la Constitución. Antes de demandar hay que cumplir la etapa precontenciosa del artículo 60 de la Ley N.º 31307.
El proceso de cumplimiento se dirige contra la autoridad o el funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo firme; antes de demandar hay que reclamar por documento de fecha cierta y esperar diez días útiles (artículo 69 de la Ley N.º 31307); si la demanda se declara fundada, la sentencia fija un plazo de cumplimiento que no puede exceder de diez días (artículo 72). La acción popular impugna reglamentos, normas administrativas y resoluciones de carácter general, y puede interponerla cualquier persona dentro de los cinco años siguientes a la publicación de la norma (artículos 83 y 86).
¿Cómo es un proceso constitucional, paso a paso?
Un proceso constitucional recorre cuatro momentos: la calificación del caso y sus requisitos previos, la demanda ante el juez competente, la audiencia y la sentencia, y —si la resolución de segundo grado es denegatoria— el recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional. Sabes qué ocurre en cada etapa, quién lo hace y qué sigue.
Consulta y calificación del caso
Revisamos los hechos, el derecho afectado y los documentos. Definimos si corresponde amparo, hábeas corpus, hábeas data, cumplimiento o acción popular, o si tu caso debe seguir la vía ordinaria. Te lo decimos con franqueza antes de que inviertas en un proceso.
Mismo díaRequisitos previos y pruebas
Según la vía, reunimos lo que la ley exige: el agotamiento de la vía previa en el amparo (artículo 43), la solicitud denegada o el reclamo por documento de fecha cierta en el hábeas data (artículo 60), o el requerimiento previo en el proceso de cumplimiento (artículo 69). El hábeas corpus no exige requisito previo alguno.
Semanas 1–2Demanda y audiencia única
Presentamos la demanda ante el juez competente —en el amparo, a tu elección, el del lugar donde se afectó el derecho, el de tu domicilio o el del autor de la infracción (artículo 42)— y sustentamos tu caso en la audiencia única que regula el artículo 12. En el hábeas corpus los plazos son mucho más breves por la urgencia del derecho en juego.
Según el juzgadoSentencia, apelación y ejecución
Si la sentencia es desfavorable, apelamos dentro del plazo de ley: dos días hábiles en el hábeas corpus y tres días hábiles en amparo, hábeas data y cumplimiento (artículo 22). Si es favorable, impulsamos su ejecución y, cuando el caso lo permite, la actuación inmediata de la sentencia de primer grado.
Tras la sentenciaRecurso de agravio constitucional
Si la resolución de segundo grado declara infundada o improcedente la demanda, interponemos el recurso de agravio constitucional dentro de los diez días siguientes a su notificación, para que el Tribunal Constitucional conozca el caso en última y definitiva instancia (artículo 24 de la Ley N.º 31307 y artículo 202, inciso 2, de la Constitución).
Ante el TC¿Qué requisitos pide una demanda constitucional?
Lo que necesitas tener
- DNI o documento de identidad vigente
- La resolución, carta, notificación o acto que te afecta
- Las fechas: cuándo ocurrió el hecho y cuándo lo conociste
- Cargo de las solicitudes, reclamos o recursos que ya presentaste
- Datos de la entidad, el funcionario o la persona que causa la afectación
Lo que ARFASA gestiona por ti
- Calificación del derecho afectado y elección de la garantía adecuada
- Requerimiento previo por documento de fecha cierta cuando la ley lo exige
- Redacción de la demanda, el petitorio y los medios probatorios
- Solicitud de medida cautelar cuando el caso lo justifica
- Audiencias, apelación y recurso de agravio constitucional
- Seguimiento hasta la ejecución de la sentencia
¿Cómo se fijan los honorarios de un proceso constitucional?
Tras tu consulta, el especialista que te atiende te envía una proforma formal con los pasos, los requerimientos y el presupuesto de tu caso. Sin sorpresas a mitad del proceso.
Los plazos dependen de la garantía que corresponda, de la carga del juzgado y de si el caso llega al Tribunal Constitucional. El hábeas corpus es el más urgente: ante una detención arbitraria o una afectación de la integridad personal, el artículo 34 de la Ley N.º 31307 ordena al juez resolver de inmediato. En tu consulta te damos un estimado realista para tu caso concreto, nunca una promesa de resultado.
El especialista que atiende tu consulta toma nota de tu situación y te envía una proforma con los requerimientos del caso, los pasos a seguir y su presupuesto.
- Consulta previa con un especialista
- Cuotas sin interés durante el proceso
- Incluye el seguimiento hasta la ejecución de la sentencia
Lo que hace distinto llevar tu caso constitucional con nosotros
Comunicación directa con tu abogado
Sin intermediarios: la persona que lleva tu caso responde tus mensajes y te explica cada decisión.
Reportes de avance en cada etapa
Nunca tendrás que perseguir una respuesta: te informamos cuando algo avanza y qué sigue.
Calificación previa de la vía
Elegir mal la garantía es la causa más frecuente de improcedencia. Antes de demandar analizamos si tu caso corresponde a un proceso constitucional o a la vía ordinaria, y te lo decimos con franqueza.
Cuotas sin interés
Divide el costo del proceso durante su duración, sin recargos ni letra pequeña.
Gracias a ARFASA Abogados pude entender con mucha más claridad mi proceso legal. Excelente servicio.
Quiero compartir la satisfacción de haber sido representada por el Estudio Arfasa, que con mucho profesionalismo, dedicación y compromiso llevaron mi caso con éxito.
Es recomendable por la coherencia, amabilidad y dedicación que llevan, sin mencionar que inspiran mucha confianza llevar un caso con ellos.
Dudas reales sobre los procesos constitucionales
Un equipo completo detrás de tu caso
Un abogado responsable lleva tu caso de principio a fin, con el respaldo de todo el equipo. Nuestros abogados están colegiados en el Colegio de Abogados de Lima.









Da el primer paso para defender tu derecho
Cuéntanos qué ocurrió y quién te afecta. Un abogado constitucionalista evaluará tu caso, te dirá qué garantía corresponde y qué plazos rigen, con el presupuesto por escrito antes de empezar.
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